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Un espacio abierto de denuncia, articulación y activismo en contra del modelo extractivista - depredador y sus consecuencias. A favor de modelos agroecológicos, en defensa del planeta y todas sus formas de vida. La Asamblea está conformada por organizaciones, grupos sociales y vecinos de la ciudad y región.



jueves, 27 de diciembre de 2012

Que la inocencia les valga



  
Con la sociedad desmovilizada, en la última sesión del Concejo Deliberante, se aprobó una ordenanza que regula el uso de suelo en el ejido ampliado. Estos son algunos comentarios sobre la Ordenanza en relación con la aplicación de agrotóxicos.

. Se reglamenta una primera  zona agropecuaria de 800 mts desde el límite de la zona urbana (11.12.1) donde se puede hacer explotación agraria intensiva y extensiva solicitando permiso de uso de suelo a la Municipalidad (11.12.2).(Zona celeste en el Mapa). No dice nada de prohibir agrotóxicos.

. El Instituto Municipal de Planificación Urbana  (IMPURC) podrá solicitar Evaluación de Impacto Ambiental (11.12.6), esto es que no se exigirá tal estudio, sino que, eventualmente, a criterio del funcionario político, se podrá solicitar, dice la ordenanza.

. Con respecto a la aplicación de agrotóxicos la ordenanza determina claramente  que queda sujeta a la Ley Provincial, esto es que se podrá fumigar a partir de los 500 mts de la zona urbana. (11.12.3), igual que los corredores y cuencas hídricas.

. En esta zona la ordenanza expresa el deseo de que el funcionario político de turno priorice las técnicas orgánicas que morigeren el impacto de productos agroquímicos, y sugiere que se tome 8 años para tal prioridad. (11.12.5). Pero tampoco dice que se prohíba nunca el uso a futuro de agrotóxicos en esta zona.

. Luego, en la siguiente zona agropecuaria, a partir de los 800 mts no será necesario pedir permiso de uso de suelo y, en la medida que los 500 mts que dice la ley provincial quedan dentro de la zona anterior, se podrá aplicar agrotóxicos en toda esta zona (11.3.1 y 11.3.2) (Zona verde en el mapa). En esta zona más extensa no se prevé siquiera la potestad de solicitar Evaluación de Impacto Ambiental.

. Se prohíbe sí la aplicación aérea en las dos zonas.

Estrictamente la Ordenanza no agrega nada, no mejora la reglamentación vigente con respecto a la aplicación de los venenos sobre nuestra tierra., sólo no lo permite por avión.

Lo que preocupa es que el Presidente de la Comisión de Planificación y Desarrollo, el Concejal Scoppa ha manejado esto de espaldas a nuestra Asamblea. En todo este tiempo en el cual hemos desarrollado una intensa cantidad de actividades como  Río Cuarto Sin Agrotóxicos, donde siempre hemos estado en contacto con los concejales, particularmente con Scoppa, donde además hemos llevado  a ese cuerpo la Resolución de la Universidad Nacional de Río Cuarto que recomienda un modelo agroecológico y expresa firmemente su desacuerdo con el modelo de transgénicos y agrotóxicos, basada en fundamentos contundentes al igual que la Universidad de Córdoba, además de interactuar nosotros con el Concejo el pasado 12 de Diciembre donde hicimos un debate sobre este tema; no obstante todo esto, jamás se  nos permitió ver y analizar la letra de la ordenanza, y cuando nos enteramos de que la trataban en la última sesión del año ya no pudimos hacer nada. Como conoce la sabiduría popular, estos últimos días del año se aprovechan para cerrar acuerdos con sectores interesados mientras la sociedad está en otra cosa.

Y lo más lamentable es que, con esta ordenanza, es imposible crear un cordón agroecológico alrededor de Río Cuarto, dado que los apenas 500 mts, en los cuales no se podrá fumigar son insuficientes, y la dispersión tanto como la deriva va a contaminar todo lo que se siembre.

Por último, hay que lamentar que se pierde una ocasión muy buena de reglamentar estas cuestiones de cara a la sociedad. Frente a toda la movilización  mundial contra los agrotóxicos, frente al Juicio histórico de las Madres de Ituzaingó Anexo, frente a todas las actividades responsables y comprometidas nuestras, los Concejales dan la espalda a la discusión y dictan una ordenanza que no cumple con las obligaciones que tienen las autoridades de preservar el ambiente y la salud de la población.